
A propósito de la aparición de nuestro Pisco en la guía gastronómica Taste Atlas, destacándose entre las 50 bebidas espirituosas mejor rankeadas en el mundo (50 Best Rated SPIRITS in the World), ubicándola en el N°12, por sobre su homónima Peruana, y como la 1.ª de Sudamérica, queremos hablar de este producto nacional, de la confrontación con el que comparte nombre y acerca de la «Denominación de Origen».
El Pisco es una bebida destilada a partir de uvas y es muy popular en Chile y Perú. A pesar de que las bebidas de ambos países se llaman “Pisco” en sus territorios, tienen algunas diferencias importantes que nos permiten afirmar que se trata de productos diferentes.
Ambas bebidas se obtienen a partir de la destilación de mostos y jugos de uva fermentados, y la principal diferencia entre ellas es la variedad de de las uvas utilizadas. El Pisco chileno se elabora predominantemente con uva (vitis vinifera) moscatel en las variedades de Alejandría y de Austria, y demás cepas determinadas en el «Reglamento de la denominación de origen pisco» contenido en el Decreto 521 de 1999 del Ministerio de Agricultura, cultivadas en las zonas pisqueras que están limitadas a las Regiones de Atacama y Coquimbo por la Ley 18.455 «que fija normas sobre producción, elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres», y que aborda las bebidas alcohólicas que en Chile poseen denominación de origen por Ley.
Adicionalmente, la producción de este Pisco debe hacerse en alambiques de ciclo discontinuo, se puede destilar más de una vez y también se permite la guarda en maderas nobles o su envejecimiento en las mismas, no obstante, el estilo y el carácter del pisco pueden diferir según el lugar donde se creó.
La denominación de origen (D.O.) es un derecho de Propiedad Industrial destinado a identificar un producto como originario del país, región o localidad, cuando la calidad, reputación o características principales sean debido a su origen geográfico, o también por otros factores naturales y humanos que incidan en el producto, de modo que para los efectos de la normativa Chilena, solo el Pisco chileno se puede llamar “Pisco”, lo que es replicable a todos aquellos países que reconozcan esta denominación sólo para el producto nacional.
Otros signos distintivos protegidos por propiedad Industrial son las Marcas Comerciales que identifican productos o servicios de una empresa y los diferencian de los productos o servicios de otras empresas y las Indicaciones Geográficas que identifica un producto como originario del país o de una región o localidad del territorio nacional, cuando la calidad, reputación u otra característica del mismo sea imputable, fundamentalmente, a su origen geográfico.
Cualquier persona o institución puede solicitar el Registro de una Indicación Geográfica o Denominación de Origen, siempre que represente a un grupo significativo de productores, fabricantes o artesanos, mientras sus predios o establecimientos de extracción, producción, transformación o elaboración se encuentren dentro de la zona de delimitación establecida por la indicación geográfica o denominación de origen solicitada y cumplan con los demás requisitos señalados en la ley, y cualquier persona o institución pueden solicitar el Registro de una Marca Comercial mientras cumpla los requisitos que la ley establece para ello.
Nosotros en CyT Asociados te podemos ayudar y asesorar en el proceso de registro de cualquiera de estos signos distintivos, mientras tú puedes disfrutar de un rico Pisco, ya sea solo, como pisco sour, una piscola o cualquier otro cóctel hecho utilizando nuestro característico y querido brebaje espirituoso.
* Columna escrita por Claudio Torres, abogado especializado en Propiedad Intelectual e Industrial, socio de CyT Asociados.